El Comité sostiene que la decisión de la Fiscalía de Derechos Humanos de Sáenz Peña es “arbitraria” y solicitó además la apelación “en el caso que la fiscal no considere los argumentos” expuestos y “garantice el verdadero acceso a la justicia a la familia y la comunidad”.
Cabe recordar que, como querellante en la causa, la calificación legal fundamentada por el Comité es la de “homicidio doblemente calificado por ser cometido por odio racial y por un integrante de las fuerzas de seguridad”.
Viñuela, el único policía que seguía detenido por el homicidio de Josué Lago, ocurrido el 11 de junio en el barrio Los Silos de General San Martín, fue puesto en libertad por «falta de mérito», luego de haberse cumplido los 10 días hábiles desde su declaración de imputado.
Antes, el 18 de junio, fueron liberados el cabo primero Francisco Torres, cabo primero Javier Ramón Miño, el sargento Mauro Ramírez y el sargento José Alberto Gauto.
El Comité considera que “hay suficientes elementos de prueba para acreditar la autoría del agente policial en el hecho y recuerda a los funcionarios la obligación de garantizar una investigación eficiente e imparcial libre de injerencias externas de cualquier naturaleza”.
Y aseguró que “continuará promoviendo la realización de medidas de prueba así como la protección de víctimas y testigos”.