En medio de la tensión entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires , la Corte Suprema de Justicia se declaró competente y avanza con la medida cautelar que presentó Horacio Rodríguez Larreta para suspender el decreto de Alberto Fernández que impidió las clases presenciales en Buenos Aires por 15 días por la pandemia del coronavirus y declararlo inconstitucional.
Por ahora, la Corte tiene un dictamen de la Procuración, que dijo que es el tribunal competente para decidir en conflictos entre la Ciudad y la Nación. Ahora, el máximo tribunal se apresta a correr vista de la acción de inconstitucionalidad al Poder Ejecutivo Nacional para que conteste los argumentos esgrimidos por la administración de Rodríguez Larreta.
Cuando la Nación responda -que seguramente lo hará de inmediato- la Corte estaría en condiciones de decidir, excepto que entienda que hace falta pedir una nueva opinión a la Procuración, esta vez no sobre la competencia, sino sobre el fondo del problema.
Así las cosas, es posible que esta semana se concrete una decisión de la Corte Suprema de Justicia, ya sea sobre la medida cautelar que pidió la ciudad, suspendiendo el decreto presidencial, o sobre el fondo del asunto, es decir si es constitucional o no.
Cuestionamientos al fallo porteño
En paralelo, en otro escenario, una cámara contencioso administrativo local, de la justicia porteña, ya suspendió el efecto del decreto. Aún sin declararlo inconstitucional. Ese fallo nadie lo puede apelar porque las partes son los padres de alumnos que iniciaron la demanda, la ciudad que es la demandada y la fiscalía. Los tres están de acuerdo en que haya clases presenciales.
El Gobierno dijo que ese fallo era un “mamarracho” y un “estrago jurídico”. Más allá de estas expresiones, la decisión de la Cámara Contencioso Administrativo de la Ciudad fue cuestionada por constitucionalistas porque entienden que como tribunal local es incompetente para suspender el efecto de un decreto nacional. Y por tanto es nulo, dice, por ejemplo, Raúl Gustavo Ferreyra, profesor de la UBA e integrante del Comité asesor que convocó Alberto Fernández para la reforma judicial.
En el tercer escenario paralelo que se desarrolla en esta batalla judicial entre la ciudad y la Nación, Carlos Zannini, el procurador del Tesoro, que representa al Estado nacional en los juicios, acudió a la justicia contencioso administrativo federal para conseguir un amparo ——ahora si de la justicia federal- que respalde el decreto de Alberto Fernández.
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Es probable que con el correr de las horas, Zannini obtenga un fallo favorable de la justicia contencioso administrativo federal. Así las cosas, estaríamos frente a una sentencia de la justicia local que dice que hay que garantizar las clases presenciales y a un fallo federal que respalda la validez del decreto de Fernández. En el medio los alumnos, padres y maestros, que no saben si hay clases o no.
Zannini también podría recurrir a la Corte o a la Cámara porteña para buscar una decisión que lo favorezca.
Coparticipación
En el medio, la Corte convocó para este miércoles a una audiencia de conciliación entre la Nación y la Ciudad por el decreto presidencial que le recortó a Buenos Aires la coparticipación federal. Sería un gran ring para que las partes en conflicto diriman sus diferencias, si es que la Nación se hace presente.
El cuarto escenario paralelo es el que activó la oposición: Patricia Bullrich presentó otro amparo en la justicia contencioso administrativo federal con la esperanza de que otro juez le dé la razón y suspenda el decreto de Alberto Fernández. Por otro lado, Jorge Macri, intendente de Vicente López, anunció que presentara amparos en la justicia provincial para lograr que den clases presenciales en su distrito.
Ya intentó con un amparo en la justicia contencioso administrativo federal pero el Juzgado Federal N° 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo se declaró incompetente para entender en la acción presentada, por considerar que la misma debe instaurarse exclusivamente contra la Provincia de Buenos Aires, y ordenó la remisión a la jurisdicción de San Isidro para su sorteo.
El amparo era anterior al dictado del decreto de suspensión de clases. No obstante, el juez Oscar Papavero, interpretó que los municipios son agentes responsables de las acciones educativas, y que ostentan el poder inherente a su propia existencia intermedia en el Estado federado, dentro del ámbito de su competencia.